CONTENIDO DE LAS PLATAFORMAS ELECTORALES.

Ley general de instituciones y procedimientos electorales.

Artículo 236.

1. Para el registro de candidaturas a todo cargo de elección popular, el partido político postulante deberá presentar y obtener el registro de la plataforma electoral que sus candidatos sostendrán a lo largo de las campañas políticas.

2. La plataforma electoral deberá presentarse para su registro ante el Consejo General, dentro de los quince primeros días de enero del año de la elección. Del registro se expedirá constancia.

https://www.ine.mx/actores-politicos/plataformas-electorales/

Partido Acción Nacional
Acuerdo por el que se aprobó (INE/CG71/2021)
https://youtu.be/HwTvKP-1dY4?si=4EhvCGA1BorAOfh1
 
Partido Revolucionario Institucional
Acuerdo por el que se aprobó (INE/CG72/2021)
https://youtu.be/NrlkdQyLcFU?si=Iv2h7CHzldkpRypk

Partido de la Revolución Democrática
Acuerdo por el que se aprobó (INE/CG73/2021)
https://youtu.be/Yy6IyYTqoPY?si=QXR6q1HFnQzFPrtu
 
Partido del Trabajo
Acuerdo por el que se aprobó (INE/CG74/2021)
https://youtu.be/wGkImOLdVr8?si=eVvgMJ_X4KD90IY3
 
Partido Verde Ecologista de México
Acuerdo por el que se aprobó (INE/CG75/2021)
https://youtu.be/A97D8omNGWo?si=bKz6jHJ5rFXmlThB
 
Movimiento Ciudadano
Acuerdo por el que se aprobó (INE/CG76/2021)
https://youtu.be/c5iOutEeeSA?si=32AXa3UaLMHe43aP
 
Morena
Acuerdo por el que se aprobó (INE/CG77/2021)
https://youtu.be/3hrTjPY7FIo?si=A1EOUUTT4BqcGNem
 
Redes Sociales Progresistas
Acuerdo por el que se aprobó (INE/CG79/2021)
https://youtu.be/M7nDXssUz8g?si=AEsXOzVKiOmgq0XK

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